Ordenan apagón eléctrico en penales durante Estado de Emergencia
La medida busca reforzar el control y evitar el uso de equipos electrónicos ilegales. Foto: Exitosa Noticias

El presidente de la República, José Jerí, anunció en un mensaje a la Nación la declaratoria del estado de emergencia en Lima y Callao por un plazo de 30 días. Con el objetivo de enfrentar la creciente inseguridad ciudadana, la medida entrará en vigencia desde la medianoche del 22 de octubre.

En el Decreto Supremo N.º 124-2025-PCM, publicado en el diario El Peruano, se detallan las acciones que regirán durante este periodo. Entre ellas, una de las más llamativas es la disposición de un apagón eléctrico en los establecimientos penitenciarios del país, que permitirá solo el uso de iluminación básica. El objetivo, según el documento, es impedir el uso de celulares, routers y otros equipos electrónicos no autorizados por parte de los internos.

La norma también ordena el desmontaje y destrucción de antenas de telecomunicación instaladas de manera ilegal dentro de los penales. Las Fuerzas Armadas, en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), serán las encargadas de supervisar el cumplimiento de estas medidas, a fin de reforzar el control de las comunicaciones y la seguridad interna.

Asimismo, se restringen las visitas a los reclusos: los internos del régimen cerrado ordinario solo podrán recibir una visita semanal, mientras que los del régimen cerrado especial tendrán derecho a una cada quince días. Únicamente se permitirá el ingreso de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Durante el estado de emergencia, también se implementarán patrullajes conjuntos entre la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y el Serenazgo en zonas consideradas de alto riesgo. Además, se autorizarán allanamientos sin orden judicial, controles de identidad y detenciones de requisitoriados. La norma contempla, finalmente, la suspensión temporal de derechos constitucionales, como la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la inviolabilidad del domicilio.

Redactado por Lizeth Aguilar