La Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público mediante un comunicado señalaron que no fueron consultados por el Poder Ejecutivo para emitir su opinión como titular de la acción penal respecto al reciente decreto legislativo que otorga a la Policía la facultad de realizar intervenciones sin necesidad de órdenes fiscales.
De acuerdo con el texto, en una sesión extraordinaria llevada a cabo el 22 de diciembre, la Fiscalía ha conformado una comisión institucional encargada de evaluar la posibilidad de interponer las acciones legales correspondientes.
El objetivo de estas acciones legales es asegurar la prevalencia del rol constitucional asignado al Ministerio Público frente a los decretos legislativos publicados un día antes de la mencionada sesión.
«En sesión del viernes 22 de diciembre, se analizó los decretos legislativos, lo mismos que contienen normas que vulneran las funciones constitucionales del Ministerio Público, para lo cual se ha conformado una comisión institucional que viene evaluando la interposición de las acciones legales pertinentes con el objetivo de hacer prevalecer el rol constitucional asignado” , se lee en el comunicado emitido por la Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público.
Como se recuerda, la presidenta Dina Boluarte anunció el pasado sábado la presentación del Decreto Legislativo N° 1605, el cual introduce modificaciones en 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal. El propósito de estas modificaciones es «para optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio Público”.
El mencionado ente ha considerado la posibilidad de emprender acciones legales contra los decretos legislativos, argumentando que estos “contienen normas que vulneran las funciones constitucionales del Ministerio Público”. Esto se debe a que otorgan a la Policía Nacional del Perú la capacidad de llevar a cabo investigaciones e intervenciones de manera autónoma, prescindiendo de la presencia de un representante de la Fiscalía.
«El Ministerio Público precisó que la potestad policial de la investigación del delito, consagrado en el artículo 166 de la Constitución Política, no puede ser interpretado aisladamente y está vinculado en el inciso 4 del artículo 159 de la citada norma, la cual expresa que la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos de la Fiscalía», se detalla en el comunicado.
En esa línea, el Ministerio Público enfatizó su compromiso de continuar desempeñando el papel que le asigna la Constitución, haciendo referencia al modelo establecido en la Carta Magna.
Redacción: Viyú Castillo