Al no establecer un consenso entre las diversas bancadas que integran el Parlamento, la mandataria por medio del Presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, informó que las iniciativas de ley ya se encuentran en el Congreso.
Los cuatro días que se tornaron infructíferos para proponer una salida a la crisis social y política obligaron al Ejecutivo que tome las acciones anunciadas el día domingo a través del mensaje a la nación.
“Lamento que el Congreso no haya alcanzado el consenso necesario para adelantar las elecciones. Como anuncié en el último mensaje a la nación, presentaremos inmediatamente el proyecto de ley para que peruanos y peruanas puedan elegir democráticamente a sus autoridades el 2023”, publicó en la cuenta oficial de la Presidencia en Twitter.
En concreto, el Ejecutivo en su primer proyecto plantea la modificación del mandato presidencial que estaría sujeto a un recorte para octubre del presente año. La medida, también afectaría a los vicepresidentes de la República y a los congresistas.
La iniciativa incluye cuatro disposiciones transitorias especiales a la Constitución: la primera indica que la actual presidenta acaba su gobierno el 31 de diciembre de 2023. El Congreso culminará sus funciones el 29 de diciembre de 2023, y los representantes ante el Parlamento Andino finalizan su labor el 31 de diciembre de 2026.
Además, la primera medida aclara que el presidente de la República elegido en los comicios del 2023 convoca a Elecciones Regionales y Municipales del 2026. Los miembros del Parlamento Andino son juramentados también por dicho mandatario y su período inicia el 1 de enero de 2027 y concluye el 27 de julio de 2028.
La segunda resolución transitoria precisa que el presidente de la República elegido en el 2023 presta juramento de ley y asume el cargo ante el parlamento, el 31 de diciembre de 2023 y acaba su gobierno el 28 de julio de 2028. Asimismo, los congresistas electos en el 2023 inician funciones el 29 de diciembre del presente año y sus labores acaban el 26 de julio de 2028.
La tercera disposición indica que todos los órganos electorales prioricen y establezcan las medidas necesarias para desarrollar unas elecciones óptimas.
Por último, la cuarta disposición, señala que el Congreso está en la facultad de aprobar otras leyes si lo considera necesario para la ejecución de los comicios del 2023, pero los parlamentarios tienen como plazo máximo hasta el 28 de febrero de este año para disponer de tal capacidad.