Tribunal Constitucional anuló Comisión creada por el Congreso para investigar presunto fraude en las Elecciones Presidenciales 2021

Esta medida fue tomada al declarar fundada una medida competencial que interpuso el Jurado Nacional de Elecciones.

El Tribunal Constitucional decidió darle la razón al Jurado Nacional de Elecciones y decidió anular la Comisión creada por el Congreso de la República para investigar el presunto fraude electoral durante las elecciones generales del año 2021; en las que participaron los excandidatos presidenciales Keiko Fujimori y Pedro Castillo, quién resultó ganador en la segunda vuelta y posteriormente vacado el pasado 7 de diciembre del 2022 al intentar perpetrar un golpe de estado.

Este grupo de trabajo fue creado con 46 votos a favor y estuvo presidido por el parlamentario de Renovación Popular, Jorge Montoya Manrique; sin embargo el máximo órgano constitucional falló a favor del Jurado Nacional de Elecciones.

Según reveló el diario La República, el presupuesto de esta comisión fue de un total de
148.478 soles en gastos personales y administrativos.

En aquella oportunidad, los votos de las agrupaciones que señalaban un presunto fraude electoral: Fuerza Popular, Avanza País y Renovación Popular; alcanzaron apenas 46 votos. En tanto, hubo 50 en contra y 28 abstenciones. Aun así, el pleno del Poder Legislativo decidió aprobar la propuesta

El máximo intérprete de la Constitución concluyó que se ha configurado un vicio competencial de procedimiento, pues la moción presentado el 21 de agosto del 2021 no fue aprobada válidamente, debido que no alcanzó los votos requeridos como manda el artículo 88 del Reglamento del Congreso, es decir un 35% del número legal de congresistas electos.

La sentencia asume que el Parlamento puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público conforme al artículo 97 de nuestra Constitución y el Reglamento de este poder del Estado; sin embargo, ello no menoscaba las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en nuestra Carta Magna y su ley orgánica.

Redacción: Manuel vera