Las Reglas de Uso de la Fuerza ratifican prohibición de fuego indiscriminado por parte de las FF. AA.

Los militares deben acatar las normas aprobadas por el Congreso cuando apoyan a la Policía Nacional o cuando toman el control del orden interno.

La medida se tomó en razón por las intervenciones a las zonas declaradas en estado de emergencia/ (Foto: AFP)

A pedido del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Defensa, Jorge Chávez, aprobaron el nuevo proyecto de las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF). Estas normas indican que los militares solo pueden disparar sus armas en situaciones de amenaza y, en caso haya heridos, auxiliarlos inmediatamente.

Estas reglas constan de una serie de disposiciones que deben acatar los uniformados de los institutos armados cuando brindan apoyo a la Policía Nacional del Perú en operaciones de restablecimiento del orden interno o en el contexto de un estado de emergencia cuando asumen el control interno total.

Asimismo, el reglamento indica que los efectivos podrán disparar solo en casos de extrema amenaza a su integridad o las de otras personas, pero que, por ningún motivo, está permitido disparar indiscriminadamente.

“El personal de las Fuerzas Armadas puede usar el arma de fuego contra las personas cuando sea estrictamente necesario, y solo cuando medidas menos extremas resulten insuficientes o inadecuadas”, señala el artículo 9.1 de las normas aprobadas por el Gobierno actual.

Además, se especifica que en cada caso que se demande la intervención de los integrantes de los institutos castrenses, el Ejecutivo debe aprobar las Reglas de Uso de la Fuerza, tal como sucede en el contexto actual.

Por otra parte, la resolución suprema aprobada por Boluarte y Chávez deja sin efecto una resolución similar suscrita por el expresidente Pedro Castillo y el exministro de Defensa José Gavidia Arrascue, destinada a los institutos armados en apoyo de la policía.