Hasta el momento de esta nota se han reportado 22 muertes, según el Ministerio de Defensa, las cuales se deben al uso de armas de fuego contra los protestantes que se movilizaron en Andahuaylas, Arequipa, Ayacucho y otras zonas del país.
En una entrevista dominical, la presidenta Dina Boluarte afirmó que los decesos civiles serán analizados por la justicia militar, pero los miembros de los altos mandos castrenses mencionaron que dicha vía judicial está restringida para las faltas militares o las acciones que atenten contra el patrimonio castrense.
Por esta razón, un portavoz del Fuero Militar Policial señaló que corresponde a la justicia ordinaria investigar sobre la muerte de los civiles. Esta decisión está en concordancia con la resolución del Tribunal Constitucional que en el año 2009 sentenció “el Fuero Militar Policial no juzga delitos comunes, tampoco a civiles y militares en situación de retiro”.
En la misma línea, la Corte Interamericana de Derechos Humanos detalla –tomando como antecedente el caso Durand Ugarte del año 2000– que “es incompatible con la Convención Americana que la justicia militar investigue los actos de violencia, pues se afectarían las garantías judiciales de independencia e imparcialidad”.
Por esta razón, lo manifestado por Boluarte carece de sustento legal y no cabe la posibilidad de disputa jurídica como sucedió en la década de 1990 cuando Alberto Fujimori decidió que la justicia militar investigara los asesinatos de civiles en esa época. Ahora las normas jurídicas son claras en ese aspecto y respetan los derechos de las personas.