Denuncian constitucionalmente a Alejandro Soto y Waldemar Cerrón por promulgar la modificación de la ley Forestal 

El titular del Congreso y el segundo vicepresidente del Parlamento, Waldemar Cerrón, fueron denunciados por los presuntos delitos ambiental, responsabilidad funcional e información falsa, ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.

Alejandro Soto no consideró las reconsideraciones presentadas por las congresistas, Susel Paredes y Ruth Luque sobre la modificación de la Ley Forestal. / (Foto: Andina)

La defensora ambiental Angela Lucila Pautrat presentó una denuncia constitucional contra el presidente del Congreso, Alejandro Soto y Waldemar Cerrón, segundo vicepresidente del Parlamento, por promulgar la modificación de la Ley Forestal y por el presunto delito ambiental en la modalidad de responsabilidad funcional por otorgamiento ilegal de derechos.

En el documento presentado ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, la activista ambiental, Pautrat Oyarzun, señaló que los congresistas habrían violado los artículos 38°, 66°, 67°, 68° y 69° de la Carta Magna. Además, los acusó de ser supuestos responsables “de la comisión del delito ambiental, responsabilidad funcional e información falsa, responsabilidad de funcionario público por otorgamiento ilegal de derechos”.

En esa línea, la denunciante expresó que tanto Soto y Cerrón no tomaron en cuenta los recursos de reconsideración presentados por las parlamentarias Susel Paredes y Ruth Luque con respecto a la votación de la propuesta mencionada. Según la activista, este retiro se habría llevado a cabo “con el único fin de beneficiar indebidamente a un pequeño grupo de empresas que estarían realizando la deforestación de nuestra selva peruana”.

Pero, ¿De qué trata la modificación a Ley Forestal?

Según el diario La República, la normativa modifica los artículos 29° y 33° de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, especificando que «los bosques de producción permanente se establecen por resolución ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a propuesta del Serfor».

En otras palabras, la Ley 31973, traslada al Ministerio de Desarrollo Agrario la tarea de definir la zonificación de los bosques de producción permanente, una función que antes estaba a cargo del Ministerio del Ambiente.

Asimismo, destaca que la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre tiene la responsabilidad de desarrollar y validar el Plan Maestro de gestión la cual debe incluir, al menos, la identificación de sitios que necesiten tratamientos especiales para garantizar la sostenibilidad del aprovechamiento. Así como las rutas de acceso, vías comunes y puntos de control.

Cabe precisar que, el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, afirmó que el gobierno utilizará «mecanismos constitucionales» para reconsiderar un debate nuevamente a las modificaciones de la norma, las cuales enfrentan oposición por parte de un sector de la población. Además, Otárola Peñaranda destacó la importancia de tomar una decisión equilibrada, dado que se trata de una ley aprobada por insistencia en el Congreso.

Redacción: Viyú Castillo