El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró improcedente el recurso de nulidad total interpuesto contra la votación en el extranjero de la segunda vuelta de las Elecciones Generales 2026. La solicitud, que había sido presentada por la personería legal del partido Juntos por el Perú, fue desestimada debido a que no cumplía con los fundamentos de hecho ni de derecho contemplados en la legislación electoral aplicable. El tribunal de primera instancia fundamentó su decisión remarcando que el derecho al sufragio de los peruanos residentes en el exterior se ejerció bajo estrictos mecanismos de supervisión, desvirtuando de este modo los cuestionamientos globales formulados sobre dichas actas.

Con esta resolución, el proceso de consolidación de resultados de los comicios presidenciales avanza de acuerdo con el marco de la Ley Orgánica de Elecciones. De no mediar una apelación formal ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) como máxima instancia, el cómputo final del sufragio en el extranjero quedará plenamente ratificado. Esta decisión representa un paso fundamental para otorgar certeza jurídica a la etapa final del proceso electoral, reduciendo el margen de controversias de los partidos políticos y permitiendo avanzar con normalidad hacia la conclusión definitiva del escrutinio de votos.