Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular/ Foto: Diario El Peruano

El pasado miércoles 31 de julio, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional determinó rechazar el pedido de prisión preventiva contra la lideresa de Fuerza Popular Keiko Fujimori mientras es investigada por el caso ‘Cócteles’.

El pasado 12 de junio, el juez Víctor Zúñiga Urday declaró infundado el requerimiento que presentó el fiscal José Domingo Perez, con el que buscaba anular el mandato de comparecencia bajo restricciones que mantiene Fujimori Higuchi.

En ese contexto, el fiscal presentó un recurso de apelación ante la segunda sala penal de apelaciones nacional para revocar esta resolución y dictaminar prisión preventiva contra la excandidata presidencial por presuntamente no haber respetado las condiciones de conducta cuando viajó a California en los Estados Unidos el 25 de  mayo último, sin autorización judicial en el marco del Caso ‘Cócteles’.

Medidas para Keiko Fujimori

Asimismo, Pérez señaló que era importante que Fujimori esté bajo prisión preventiva por incumplir la norma en mención, no puede asimilarse a una variación del domicilio por lo que la obliga a no ausentarse de la ciudad de residencia sin previa autorización judicial.

Sin embargo, el colegiado superior, subrayó que mientras se desarrolla el juicio oral de este caso, se constató que la lideresa del partido naranja asiste presencialmente a las audiencias. De esta forma se diluye la necesidad de un retorno a prisión. Y añadió que, pese a los viajes al exterior, no se evidencia que alude un acto de juzgamiento.

Por otro lado, Giulliana Loza, abogada de Keiko, aseveró que la obligación de no ausentarse de la capital, sin el permiso judicial correspondiente no estaba vigente para la titular del Partido Fuerza Popular. 

Redacción: Carlos Prado.