Composición SRRTV, Otilia Barreto.

Hoy entra en vigencia la ley 32181, la cual deroga la detención preliminar en casos de no flagrancia una herramienta básica usada por la Fiscalía para evitar que los investigados huyan o eliminen pruebas mientras dura la investigación. Esta ley formaría parte de un conjunto de contrarreformas impulsadas por el legislativo que según los especialistas afectarían la lucha contra el crimen organizado.  

La mencionada norma fue incluida en una ley de protección a efectivos policiales, para evitar que no sean detenidos ni ingresados a prisión preventiva cuando en ejecución de sus funciones lesionen o maten, al usar sus armas de reglamento. De esta manera, al ir al Nuevo Código Procesal Penal para saber qué es lo que se deroga, la nueva Ley 32181 elimina el inciso ‘a’ del numeral 1, que permite a un juez dictar detención preliminar cuando no exista flagrancia, a pedido del fiscal. Es así que ni jueces ni fiscales podrán usar este recurso dentro de las 48 horas de ocurrido un delito ya sea robo, asesinato, violación, un acto de corrupción, entre otros..

Al respecto se pronunció el vocero del ministerio público y exfiscal supremo provisional, Víctor Cubas Villanueva, quien declaró a los medios que esta norma imposibilita la lucha contra la criminalidad organizada, pues es la herramienta que se suele usar “cuando un sospechoso no es sorprendido en flagrancia y se presume que está involucrado en la comisión de delitos que tienen pena superior a 4 años”. En esa línea, expuso el caso de Gerson Alexander Juárez Tapia, asesino confeso de la menor de 12 años, en Villa María del Triunfo, quien podría quedar en libertad en un par de días pues se estaría derogando la disposición que lo detuvo preliminarmente.

Además, asegura que la flagrancia, que conlleva el hecho de detener a un posible implicado en el mismo momento de cometer el delito, no es usual en casos de extorsión, trata de personas, contra la libertad sexual en agravio de menores, sicariato, minería ilegal y tráfico ilícito de drogas, pues se desarrollan de manera clandestina. De esta manera delincuentes, u organizaciones que cometen estos delitos no podrían ser detenidos preliminarmente. 

Redacción: Otilia Barreto