El Poder Judicial declaró improcedente el Hábeas Corpus presentado a favor de la Presidenta de la República, Dina Boluarte. Cabe recordar que el recurso emitido por su defensa legal, Marcos Rivero Ramos buscaba desestimar lo actuado en el allanamiento dentro de la vivienda de la Jefa de Estado el pasado 29 de marzo, ejecutado por la fiscalía y miembros policiales de la Diviac, por el caso Rolex.

El Juez Constitucional, Juan Carlos Núñez, tomó la decisión después que la mandataria incumpliera un requerimiento que él mismo le había solicitado, a fin de legalizar su firma ante un especialista encargado de dicha labor o a través de un notario público. Además, otros de los motivos se debió a que el recurso presentado vulneraba el derecho de contar con un fiscal competente y un debido proceso garantizado.

En otro momento, se refirió al Fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, señaló que en ningún momento fue promotor del allanamiento ocurrido el pasado 29 de marzo en la residencia de Dina Boluarte. En ese sentido, se abrió un proceso penal contra la mandataria sin que se haya hecho una denuncia previa ante el Congreso.

Finalmente, el magistrado Núñez Matos precisó que los fiscales en la medida en que son titulares de la acción penal pública, pueden ejercitarla de oficio o a petición de parte, representando el interés público de la ciudadanía en la búsqueda de justicia.

Redacción: Manuel Vera