El Pleno del Tribunal Constitucional aprobó, por mayoría de votos, resolver el caso del control judicial de las decisiones del Congreso de la República.
De esta manera, en contra de las decisiones del Poder Judicial y anulando la medida cautelar que suspendía la elección del defensor del Pueblo y otros procesos por parte del Legislativo, la entidad falló a favor del Parlamento, otorgándole el poder de controlar la elección del defensor del Pueblo y la reforma de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Respecto a los antecedentes de esta decisión, el Parlamento aducía que las resoluciones judiciales impuestas bajo el principio de control del Poder Judicial, impedían elegir al defensor del Pueblo; ejercer control político sobre los altos funcionarios del Estado, como el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); y que pueda emitir leyes sobre el consejo directivo de la entidad universitaria.
Según la última declaración fundada por la entidad constitucional, las acciones de amparo contra las actividades y decisiones del Legislativo, emitidas por los jueces del Poder Judicial, actualmente se consideran una falta grave, causal de destitución.
En tal sentido, las razones del voto del Tribunal Constitucional fueron:
En primer lugar, por mayoría de cinco votos, declarar fundada la demanda competencial planteada por el Congreso contra el Poder Judicial y, en consecuencia, anular las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían seguir el procedimiento de designar a un defensor del Pueblo.
En segundo lugar, declarar nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo que impedían la realización de investigaciones parlamentarias sobre asuntos de interés público.
En tercer lugar, por unanimidad, declararon nulas las resoluciones emitidas en el proceso de amparo, que impedían aplicar la reforma del consejo directivo de la Sunedu.
En cuarto lugar, hacer de conocimiento la sentencia de la Junta Nacional de Justicia, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, como investigar y sancionar con destitución, sobre el comportamiento funcional de los jueces que han concedido amparos y medidas cautelares sobre competencias políticas del Congreso de la República.
Y por último, por mayoría de cinco votos, exhortar al Congreso de la República de reformar el artículo 99° de la Constitución, así como del reglamento para incorporar a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el jefe del Registro Nacional de Identificación Civil.
Por tal motivo, esto supondría que el Congreso de la República no tendría quien controle la legalidad de sus decisiones, medida que rompería la separación de poderes.