Fuente: Andina

El poder Ejecutivo presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda competencial con el fin de suspender las tres investigaciones contra la presidenta de la República, Dina Boluarte, por las muertes en las protestas, por el caso “Rolexgate” y encubrimiento personal por la desactivación del equipo policial anticorrupción, minutos antes del arresto de Nicanor Boluarte, hermano de la mandataria.

Dicha demanda fue presentada por el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Huerta, el escrito expone que el Ministerio Público y el Poder Judicial. no permiten desempeñar la competencia de la presidenta la cual es “dirigir la política general del gobierno. En dicho documento el Ejecutivo pide que se analice el artículo 117 de la Constitución Política del Perú para una mejor interpretación.

Es menester mencionar que el artículo 117, ordena que el presidente de la República sólo puede ser investigado por cuatro causales como; traicionar a la patria, impedir elecciones, disolver el congreso inconstitucionalmente, así como la negativa al funcionamiento del sistema electoral.  En ese sentido dicho escrito menciona que un presidente en funciones, no podría ser investigado por otro motivo que no fuera lo mencionado anteriormente.

Sin postura ante investigación de Boluarte

Cabe destacar que esta interpretación la asumió la Fiscalía de la Nación, pero hasta la fecha el Tribunal Constitucional no ha mostrado su postura respecto a este tema. El documento presentado refiere que el TC no ha realizado una evaluación de la coherencia del artículo en línea a las obligaciones constitucionales del estado en contra de la corrupción y  los delitos referidos a derechos humanos. 

De igual forma, en dicha demanda se cita al artículo 112 del Nuevo Código Procesal Constitucional, el cual presenta la aprobación de una demanda competencial. En ese sentido se pretende evitar el inicio de nuevas investigaciones en contra de la jefa de Estado, mientras ejerza sus funciones. En esa línea el escrito sostiene que la presidencia de la República ha sido debilitada desde el 2016 por demandas referidas a estos asuntos, por lo cual se espera su pronto esclarecimiento.

Ante la demanda presentada, el Tribunal Constitucional analiza si cumple con los requerimientos para su admisión. Tras ello se notificará al Ministerio Público y al Poder Judicial responder en un plazo no mayor a 30 días. 

Redacción: Ariana Lucero