
El gobierno planteó un nuevo proyecto de ley que intenta modificar el Código Penal y el Nuevo Código Procesal Penal con el objetivo de empoderar la capacidad de respuesta del Ejecutivo frente a las marchas.
El proyecto que lleva las firmas de Dina Boluarte, Luis Alberto Otárola y Mayte Remy Castagnola fue calificado de inconstitucional por el Tribunal Constitucional, puesto que limita el derecho de protesta de los ciudadanos.
Al respecto, la abogada Jackeline López manifiesta que es “una afectación al principio de proporcionalidad” y que solo sanciona a los particulares, esto es, que alcanza únicamente a los civiles y no a los funcionarios públicos ni a las fuerzas del orden.
Una opinión similar, es compartida por el jurista Emilio Noguerol, quien expresa que “solo por estar en un estado de emergencia, una conducta punible no necesariamente es más grave”. Se debe cumplir con los requisitos estipulados en el Código Penal para que el agravante sea imputado.
El proyecto de ley del Ejecutivo propone aumentar la pena de 19 delitos entre los cuales se encuentran disturbios, violencia contra la autoridad, violación de domicilio, hurto agravado, extorsión, usurpación, provocar incendios, entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, entre otros.