
El régimen de Dina Boluarte, declaró el Estado de Emergencia en siete regiones del Perú, Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna por un periodo de 60 días calendario mediante Decreto Supremo N.º 018-2023-PCM. Esto, debido a las constantes movilizaciones sociales que azota al país.
Cabe resaltar que esta declaratoria ya se encuentra publicada en el boletín de normas legales con fecha 05 de febrero de 2023 en el que se establece que la Policía Nacional del Perú (PNP) se encargará de mantener el control interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.)
De la misma manera, el documento indica que, en el caso de Puno, el control del orden interno se encuentra a cargo de las FF.AA.
En el mismo contexto, durante la medida se aplica lo dispuesto en el inciso 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Carta Magna.
Asimismo, se estableció el toque de queda por 10 días en la región de Puno desde las 8 pm hasta las 4 am del día siguiente, por lo cual solo podrán transitar en ese horario “personal estrictamente necesario”.
Es decir, durante la inmovilización social obligatoria solo podrán circular por las vías de uso público las personas que requieran la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos. También los que prestan servicios de salud, productos farmacéuticos, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca, seguridad, restaurantes, delivery, hoteles, servicios financieros, energía eléctrica, gas, telecomunicaciones y actividades conexas.
El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porte su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transportan para el cumplimiento de su función.
Finalmente, cabe señalar que el presente Decreto Supremo busca establecer la seguridad y la paz social y se encuentra refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el ministro del Interior, el ministro de Defensa y el ministro de Justicia y Derechos Humanos.